Plan de Pensiones

La Previsión Social Complementaria, como desarrollo del modelo de protección social configurado en el del Artículo 41 de la Constitución Española, y que por consenso social y político se firmó el Pacto de Toledo en 1995, una de sus medidas recomendaba “abordar la previsión social complementaria”. Asimismo, la Directiva 2003/41/CE de la Unión Europea considera que los planes de pensiones de empleo será un complemento importante, colaborando con el objetivo de mejorar el modelo social europeo.

Es una protección social voluntaria, de ahorro a medio y largo plazo, que sirva de complemento y mejora de las prestaciones de la Seguridad Social. Se regirá por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley que regula los Planes y Fondos de Pensiones, por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, que aprueba el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones y modificado por el Real Decreto 1684/2007, de 14 de Diciembre.

Las Especificaciones del Plan de Pensiones de Promoción Conjunta del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, fueron confeccionadas por la Comisión Promotora del Plan de Pensiones del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, y aprobadas el día 3 de Mayo de 2006.

Con fecha 5 de Diciembre de 2007, se constituye LA COMISION DE CONTROL del Plan de Pensiones de éste Ayuntamiento, está Compuesta por doce miembros, de forma paritaria, seis en representación de los promotores y seis en representación de los participes y beneficiarios, designando entre sus miembros: Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría y Vicesecretaría, según artículo 34 de las Especificaciones del Plan de Pensiones de este Ayuntamiento.

El Plan de Pensiones de Promoción Conjunta del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, es a favor de los empleados del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, del Instituto Municipal para el Empleo y la Formación y del Instituto Municipal de Deportes, es una parte del desarrollo de la previsión social complementaria, y tiene como objetivo lograr una tasa de sustitución lo más cercana al 100% del salario en activo.

Para cumplir este propósito, el instrumento mas adecuado es la negociación y adopción de nuevos compromisos a través de los planes de pensiones de Empleo, figura incentivada fiscalmente y que permite enriquecer los contenidos de negociación colectiva, incorporando ventajas para las partes y que, además, resultan de interés general: las masas de ahorro líquido son un componente fundamental para la generación de inversión productiva y por tanto de empleo y riqueza social.

Oficina del Participe (ubicada en el Servicio de Personal): Su misión es la de realizar las gestiones administrativas y atención de los participes en relación con el Plan de Pensiones. Localización: Oficinas Municipales-calle León y Castillo, Nº 322, teléfono 928446575 - Correo Electrónico plandepensiones@laspalmasgc.es.