Con motivo de la emergencia de interés nacional de carácter sanitario derivado del COVID-19 (Coronavirus), el Presidente de España ha comunicado que el sábado 14 de marzo en Consejo de Ministros se aprobará el Real Decreto por el que se decreta el Estado de Alarma en España, medida que previsiblemente entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
A tal fin se han dispuesto por esta Jefatura de la Policía local, en virtud de las funciones que le otorgan el artículo 19 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de coordinación de Policías Locales de Canarias y artículo 13 del Decreto 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las normas marco y otras normas de Coordinación de Policías Locales de Canarias, las medidas siguientes que si bien son complementarias a las dadas por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de este Ayuntamiento, irán en aumento a medida que se conozcan la evolución de la emergencia sanitaria así como el contenido del Real Decreto por el que se declara el Estado de Alarma, y se vayan adoptando las medidas de prevención y contención que procedan.